Lineamientos expedidos por el Gobierno Nacional
Guía de Servicios, Beneficios y Normas para el apoyo a los empresarios Aquí
OTROS DOCUMENTOS
Decreto 434 del 19 de Marzo de 2020
Por el cual se establecen plazos especiales para la renovación de la Matrícula Mercantil
Decretos expedidos en atención a la emergencia Covid-19
Decretos expedidos desde cada Ministerio del Gobierno Nacional
Circular MinCIT – Comercio Electrónico
Instrucciones para el Comercio Electrónico
Ampliación del plazo para actualizar la información contenida en el Registro Nacional de base de Datos (RNBD) hasta el 3 de julio de 2020
Decreto 488 del 27 de Marzo de 2020
Por el cual se dictan medidas de orden laboral, dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica
Decreto 438 de Marzo 19 de 2020
- Se toman unas medidas transitorias en cuanto a la exención de IVA de implementos básicos de salud, definidos en el decreto, para esta emergencia sanitaria del decreto 417 de marzo de 2020.
- Ampliación del plazo para el proceso de actualización en el régimen Tributario Especial (ESAL), se podrá realizar a más tardar hasta el 30 de junio del 2020.
Pago para Declaración de IVA e impuesto al consumo, Bimestre Marzo – Abril o Cuatrimestre Enero-Abril, hasta 30 de junio 2020, solamente para los que tengan los siguientes códigos de actividad… (Este plazo es solamente para el pago, los vencimientos para presentar la declaración de IVA e impuesto al consumo, no se modifica.)
Decreto 434 de Marzo 19 de 2020
Se extiende el plazo para la renovación de la matricula mercantil, el RUNEOL (Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranzas) y demás registros que integren el RUES (Registro Único Empresarial y Social), hasta el 3 de julio de 2020.
Para la renovación del RUP (Registro Único de Proponentes) , las personas inscritas en el RUP deben presentar la información para renovar su registro a más tardar el quinto día hábil del mes de julio de 2020, es decir hasta julio 7 de 2020.
Reuniones Ordinarias de Asambleas correspondientes al ejercicio del año 2019, podrán efectuarse hasta dentro del mes siguiente a la finalización de la emergencia sanitaria decretada en el territorio nacional.
Circular 0199 Abril 14 de 2020
Entidades Sin Ánimo de Lucro cuya competencia de inspección, vigilancia y control pertenece a la Gobernación de Antioquia