CENTRO DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE URABÁ
ARBITRAJE
- ¿Qué es la cláusula compromisoria?
- ¿Qué es el compromiso?
- Características del arbitraje
- Requisitos para solicitar conformar un tribunal de arbitramento
ARBITRAJE
Es un procedimiento especial y extrajudicial que se tramita ante el Centro de Arbitraje por mandato constitucional y legal, por el cual se resuelven los conflictos de intereses surgidos entre las partes que se derivan naturalmente de un contrato civil o comercial, mediante fallos dictados por particulares denominados árbitros investidos transitoriamente de la facultad de administrar justicia de acuerdo a lo estipulado en la cláusula compromisoria o pacto arbitral.
¿Qué es la cláusula compromisoria?
Es el pacto o acuerdo contenido en un contrato o documento anexo a él, en virtud del cual los contratantes se obligan a someter sus eventuales diferencias que puedan surgir con ocasión del mismo, a la decisión de un tribunal arbitral.
¿Qué es el compromiso?
Es un negocio jurídico, por medio del cual las partes involucradas en un conflicto presente y determinado convienen resolverlo a través de un tribunal arbitral, el compromiso puede estar contenido en cualquier documento como telegrama, fax, otro medio semejante y deberá contener los siguientes requisitos:
- Nombre y domicilio de las partes.
- La indicación de las diferencias y conflictos que se someterán al arbitraje.
- La indicación del proceso en curso cuando a ello hubiere lugar. En este caso las partes podrán ampliar o restringir las pretensiones aducidas en aquel.
Características del arbitraje
- Es voluntad de las partes someter sus diferencias a un tribunal de arbitramento.
- La faculta del tribunal de administrar justicia es de carácter temporal, limitada en el tiempo.
- En el arbitramiento la facultad de administrar justicia es transitoria por los árbitros.
- Es ágil, ya que la duración del arbitraje no excederá de noventa (90) días hábiles, contados desde la fecha de notificación a las partes con la resolución que declara abierto el proceso arbitral, salvo pacto en contrario entre las partes.
- Se requiere de abogado cuando el valor de las pretensiones superen los 400 SMLMV.
Requisitos para solicitar conformar un tribunal de arbitramento:
La solicitud de integración del tribunal de arbitramento, la podrá hacer cualquiera de las partes suscriptoras de la Cláusula compromisoria o el Pacto Arbitral, se dirigirá por escrito al Centro para solicitar que se nombre el árbitro o árbitros, cuya designación le corresponde y que se adelante el trámite legal correspondiente.
LEY 1563 DE 2012 “Por medio de la cual se expide el Estatuto de Arbitraje Nacional e Internacional y se dictan otras disposiciones”