La Cámara de Comercio de Urabá informa que:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley 2069 de 2020, a partir del 1° de enero de 2022, la Superintendencia de Sociedades asumió la función de supervisar a las Cámaras de Comercio. En ejercicio de esta función, le corresponde resolver los recursos de apelación interpuestos contra las decisiones registrales frente a las cuales procedan dichos recursos.
A continuación, se indican los recursos que se encuentran en trámite:
El 15 de mayo de 2026, OLGER DAVID TORRES DIAZ interpuso recurso de reposición y en subsidio el de apelación contra el Acto Administrativo No. 17236 del 04 de mayo de 2026 del libro I del Registro de Entidades sin Ánimo de Lucro, correspondiente a la inscripción de Acta No. 1 del 20 de marzo de 2026 de la Asamblea Ordinaria De Asociados , la cual se refiere a NOMBRAMIENTO DE TRES MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA, Por lo anterior, la(s) inscripción(es) recurrida(s) se encuentra(n) bajo el efecto suspensivo previsto en el artículo 79 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
El 15 de mayo de 2026, OLGER DAVID TORRES DIAZ interpuso recurso de reposición y en subsidio de apelación contra el Acto Administrativo No. 17237 del 04 de mayo de 2026 del libro I del Registro de Entidades sin Ánimo de Lucro, correspondiente a la inscripción de Acta No. 1 del 20 de marzo de 2026 de la Asamblea Ordinaria De Asociado, la cual se refiere a SE NOMBRA COMO REPRESENTANTE LEGAL SUPLENTE A LAURA DAVID ARBOLEDA,IDENTIFICADA CON CEDULA DE CIUDADANIA N°1.032.179.432.Por lo anterior, la(s) inscripción(es) recurrida(s) se encuentra(n) bajo el efecto suspensivo previsto en el artículo 79 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.